Vista aérea del casco de Gáldar. Fuente: fotosaereasdecanarias.es

Los hechos se remontan a junio de 2014 cuando el acusado entabló amistad con la menor, y acabaron el 10 de julio del mismo año, cuando, tras varios encuentros, la menor consintió que el acusado le penetrara vaginalmente, según ha admitido el presunto autor de los hechos. Dos viviendas, una situada en Gáldar y otra en el municipio de Guía, fueron los escenarios de esos abusos.

En la vista oral celebrada en la sección sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, el acusado, D.C.G., ha respondido de forma concisa, reiterando un sí tras otro, a las preguntas que le ha formulado la representante del Ministerio Fiscal sobre los hechos cuya autoría se le achacaban, y que fueron denunciados por su víctima después de contárselos a su madre, según ha recogido la agencia EFE.

La fiscal le ha cuestionado, en concreto, si era verdad que, aprovechando su amistad, en primer lugar había llevado a su casa situada en Gáldar a la menor en varias ocasiones en las que ambos se besaron y acariciaron por encima de la ropa antes de que, finalmente, el 10 de julio logró que aceptara acudir a un nuevo domicilio al que se había mudado en el barrio de San Felipe de Guía.

Según se consta en un escrito de acusación cuya veracidad ha sido admitida por el propio procesado, el hombre «convenció a la menor a que se sometiera a sus deseos, con ánimo libidinoso, y le pidió que le tocara el pene, a lo que la menor accedió». Tras lo cual «la estimuló a mantener relaciones sexuales consistentes en introducción de sus dedos en la vagina, ocasionando que la menor sangrara y, a pesar de esto, el procesado la penetró vaginalmente».

El acusado ha reconocido como ciertos todos los hechos que constan en la acusación, aunque la fiscal pretendía avalarlos con distintas pruebas que se habían practicado a raíz de la denuncia de la menor.

La niña se ha mantenido coherente en su relato en las distintas ocasiones en las que ha hablado de lo ocurrido a diferentes personas, ha subrayado la representante del Ministerio Público.

La fiscal ha añadido que, además, un informe médico forense emitido a resultas de un análisis que se efectuó a la menor y constató que presentaba una laceración vaginal señalaba que su herida era «totalmente compatible» con lo que ella dijo que había sucedido.

Otros elementos de prueba de la culpabilidad del hombre citados por la fiscal han sido un informe de la Guardia Civil en el que se explicaba que en su casa se había hallado un papel con sangre y que en la vagina de la menor se encontró el perfil del ADN del acusado.

El acusado ratificó, por su parte, con sus palabras la versión de los hechos de la fiscal, frente a la cual solo planteó una discrepancia, la de que, en lugar de los 11 años de la niña, él «creía que tenía 13 o así».

La vista de hoy ha finalizado quedando visto para sentencia el juicio contra D.C.G., después de que la Fiscalía decidiera modificar su escrito de conclusiones inicial para rebajar de 16 a 8 años de cárcel la pena que pedía para él, después de que admitiera lo ocurrido y de acuerdo a lo previsto al respecto en el Código Penal.

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