Son frecuentes los supuestos en que los abuelos no pueden ver a sus nietos por desavenencias familiares por lo que el régimen de visitas de los nietos a favor de los abuelos es una cuestión jurídica que está adquiriendo mayor importancia cada día en los Juzgados.
¿Qué es lo que dice la Ley al respecto?
En este sentido, la Exposición de Motivos de la Ley 42/2013 de 21 de noviembre, por la que se modificó el artículo 160 del Código Civil, establece:
«Los abuelos desempeñan un papel fundamental de cohesión y transmisión de valores en la familia, que es el agente de solidaridad por excelencia de la sociedad civil. En este ámbito, la intervención de los poderes públicos debe tender a asegurar el mantenimiento de un espacio de socialización adecuado que favorezca la estabilidad afectiva y personal del menor, a tenor del mandato contemplado en el artículo 39 de la Constitución, que asegura la protección social, económica y jurídica de la familia».
Y el artículo 160.2 del Código Civil, desde esa modificación, quedó redactada de la siguiente forma:
“No podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del menor con sus hermanos, abuelos y otros parientes y allegados.
En caso de oposición, el Juez, a petición del menor, hermanos, abuelos, parientes o allegados, resolverá atendidas las circunstancias.”
¿Qué pueden hacer entonces los abuelos en caso de desavenencias con los padres?
Para poder ejercer este derecho de visitas, los abuelostienen la posibilidad de interponer una demanda para que se establezca a su favor un régimen de visitas con los menores, lo que les puede ser otorgado o denegado por el Juez, según el caso concreto y siempre velando por el interés del menor.
¿Cuándo se puede denegar ese derecho de visitas?
El Juez siempre velará por el interés del menor. Por tanto, si existen circunstancias concretas y acreditadas que perjudiquen al desarrollo, salud mental y física de los menores, en sus relaciones con sus abuelos, este derecho de visitas debe ser denegado.
En resumidas cuentas, nos encontramos ante un derechoreconocido legalmente a favor de los abuelos. A pesar de ello, los Juzgados intentan buscar el equilibrio justo y ponderado que proteja tanto el desarrollo psicológico de los menores y que también garantice la relación con sus abuelos.
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