El Consejo de Gobierno aprobó el pasado 3 de diciembre el acuerdo por el que se establece un conjunto de medidas específicas para la celebración de las próximas fiestas navideñas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. 

TOQUE DE QUEDA

En Gran Canaria, el toque de queda estará vigente desde este miércoles 23 de diciembre hasta el 10 de enero, ambos inclusive, en horario de 01:00 horas hasta las 06:00 horas.

Las noches de Nochebuena (del 24 al 25 de diciembre) y de Nochevieja (del 31 de diciembre al 01 de enero) el toque de queda será desde las 01:30 horas hasta las 06:00 horas.

El toque de queda no afectará a aquellas personas que se desplacen para actividades esenciales: adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad; la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; la asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia; el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; el retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades indicadas anteriormente, o la asistencia y el cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, entre otras.

REUNIONES

Según recoge ese acuerdo, el número máximo de personas en encuentros sociales y familiares que tengan lugar en espacios de uso público y privado, cerrados o al aire libre, se limitará a seis personas, salvo en el caso de que sean convivientes, entendiéndose por convivientes aquellas personas que residen en el mismo domicilio. 

De manera excepcional, el acuerdo fija en un número máximo de 10 personas los asistentes a los encuentros familiares para celebrar las comidas y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre y del 1 y 6 de enero, salvo que se trate de convivientes. 

En todos los casos, se excluyen los niños de 0-6 años en el cómputo de esos grupos.

HOSTELERIA Y RESTAURACION

Estos locales deberán cerrar antes de las 12 de la noche y la ocupación máxima de personas por mesa será de 6. La distancia entre las mesas debe ser al menos de dos metros, prohibiéndose bailes y karaokes. Asimismo, se prohíben fumar en las terrazas y los espacios libres de dichos locales.

CELEBRACIONES RELIGIOSAS 

En cuanto a las celebraciones religiosas emblemáticas, tales como la Misa del Gallo, podrán celebrarse teniendo en cuenta el respeto a los horarios que limitan la libertad de circulación. Se recomienda ofrecer como alternativa servicios telemáticos o por televisión, así como evitar los cantos y las muestras físicas de devoción o tradición.

CENTROS COMERCIALES

Se recomienda a la población que organice sus compras con antelación para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales, debiéndose llevar en todo caso mascarilla.

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