La hipoteca multidivisas es un contrato de préstamo hipotecario cuyas cuotas se abonan en una divisa diferente al euro. Este tipo de producto bancario se comercializó sobre todo entre los años 2004 y 2009, siendo las divisas extranjeras más empleadas el yen o el franco suizo debido a la supuesta estabilidad de estas monedas frente a la moneda nacional.
En otras palabras, se trata de un instrumento financiero complejo en el que la cantidad de dinero prestada por la entidad bancaria se efectúa en una moneda distinta al euro, y en el que el índice que se utiliza para el cálculo de intereses no es el Euribor, sino que se aplica un índice distinto, normalmente el Libor.
Muchos de los clientes que aceptaron y suscribieron este tipo de hipotecas, lo hicieron con la creencia de que pagarían una menor cuantía de las cuotas al tener la deuda en una moneda diferente al euro. El problema jurídico se produjo porque las entidades financieras no explicaron de forma clara a los clientes que la fluctuación de la divisano afectaba exclusivamente a la cuota, sino que también afectaba al capital prestado, haciéndolo aumentar, e incrementando así el importe a amortizar. Tanto es así que existen multitud de clientes que, tras años haciendo frente al pago de las cuotas, han visto como su deuda era incluso superior al capital recibido en el préstamo.
¿Qué dicen los Tribunales al respecto?
Los tribunales, entre ellos el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Supremo, se hanmanifestado ya en diversas ocasiones respecto a este tipo de producto bancario, condenando a las entidades bancarias por no haber actuado con la debida transparencia, informando al cliente sobre los riesgos que conllevaba esta contratación.
La entidad bancaria debió, por un lado, informar debidamente al cliente y, por otro, valorar el nivel de los conocimientos y la experiencia del cliente antes de ofrecerle la hipoteca multidivisa.
La condena judicial se resume en obligar a la entidad bancaria a recalcular el préstamo hipotecario en euros, tomar como índice de referencia el Euribor y rehacer el cuadro de amortización, reduciendo del préstamo en euros lo que se ha abonado con la divisa extranjera.
¿Qué dicen los Tribunales canarios?
Desde este despacho se han presentado demandas que han sido totalmente estimadas solicitando la nulidad del clausulado multidivisas. Adjuntamos a esta nota de prensa dos Sentencias ganadas por el Letrado Daniel Gil, tanto en el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santa María de Guía, como en la Audiencia Provincial de Las Palmas (desestimando el recurso presentado por el banco) que son un claro ejemplo de la senda tomada por los distintos tribunales.
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Sentencia ganada por Daniel Gil Abogados en el Juzgado de Santa María de Guía.
Sentencia ganada por Daniel Gil Abogados en la Audiencia Provincial de Las Palmas.