El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) es un mecanismo laboral especial dirigido a empresas en crisis, mediante el cual se les permite una reducción de trabajadores, cuando concurren razones económicas, técnicas, organizativas, de producción o de causa mayor.
Hay que indicar que puede haber variasmodalidades de expedientes de regulación, teniendo cada una de ellas diferentes efectos:
1.- De reducción de la jornada laboral (en número de horas al día o para unos días determinados) o desuspensión temporal del contrato de trabajo. Estos dos tipos son conocidos como Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) puesto que su finalidad no es instaurar una medida definitiva en la empresa, sino simplemente temporal.
2.- De extinción definitiva de la relación laboral, en este supuesto estamos hablando del despido colectivo. Nos centraremos en este último por ser el Expediente de Regulación de Empleo en sentido estricto.
Despido colectivo
Se considera que hay despido colectivo cuando la empresa, alegando causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, lleva a cabo la extinción de contratos de trabajo que afecten, en un periodo de 90 días:
– A diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.
– Al 10 por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquéllas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.
– O a treinta trabajadores en las empresas que ocupen trescientos o más trabajadores.
Desde el punto de vista del empresario, el despido colectivo presenta ciertas ventajas como fórmula de extinción contractual frente al despido tradicional, la mayor es el abaratamiento del despido. La indemnización será como mínimo de 20 días (frente a los 33 del despido individual) por año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades (en lugar de 24). Es decir, las arcas de la empresa sufrirán menos porque no deberán hacer efectiva toda la indemnización en el momento del despido. Todo ello motiva que se establezca un mayor control en este tipo de procedimientos para intentar evitar la picaresca por parte de las empresas.
Derechos del trabajador ante un ERE
Debemos hacer hincapié en que, pese a que se trate de un despido colectivo, los trabajadores seguirán conservando sus derechos laborales, entre los que se encuentran: solicitar prestación por desempleo si cumplen los requisitos de cotización suficiente, percibir la indemnización por despido que corresponda, participar en un plan de recolocación, o impugnar judicialmente el despido si lo considera.
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